Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 490
DESIGNA - FUNCIONARIOS - SECRETARÍA DE GOBIERNO Y VÍNCULO CIUDADANO - DIRECTORES GENERALES - FERNANDO MARTÍN BARBIERO - DIRECCIÓN GENERAL HABILITACIÓN A CONDUCTORES - SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS AL CIUDADANO - PABLO FERNANDO SILVA - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO INSTITUCIONAL - MARCELO FABIÁN COSTANTINO - DIRECCIÓN GENERAL REPRESENTACIONES DE LA CIUDAD - SUBSECRETARÍA RELACIONES FEDERALES
VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23, el Expediente Electrónico EX- 47495947-GCABA-SSSAC/23, y CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 10 de la citada Ley contempla entre las Secretarías del Poder Ejecutivo a la Secretaría Gobierno y Vínculo Ciudadano; Que, por Decreto N° 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aire hasta el nivel Dirección General; Que, en consecuencia, el señor Secretario de Gobierno y Vínculo Ciudadano propicia la designación, a partir del 10 de diciembre de 2023, de las personas detalladas en el
Anexo I (IF-2023-47504766-GCABA-SECGVC) que, a todos sus efectos, forma parte
integrante del presente. Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°. - Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, a las personas que se detallan en el Anexo I (IF-2023-47504766-GCABA-SECGVC), el que a todos los efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que allí se detallan. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese a los interesados, dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588). Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti