Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8509
Ley 8509/1975 - DONANDO AL ARZOBISPADO DE BAHíA BLANCA, FRACCIóN DE TIERRA FISCAL UBICADA EN LA LOCALIDAD DE VILLALONGA, PARTIDO DE PATAGONES CON DESTINO A CAPILLA.
Ley 8509 LEY 8509 Donando al Arzobispado de Bahía Blanca, fracción de tierra fiscal ubicada en la localidad de Villalonga, Partido de Patagones. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Dónase al Arzobispado de Bahía Blanca la fracción de tierra fiscal ubicada en la localidad de Villalonga, jurisdicción del Partido de Patagones, identificada catastralmente como: Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 13, Parcela 5, compuesta de una superficie de un mil novecientos cuarenta y tres metros cuadrados con veinticinco decímetros cuadrados (1.943,25 m 2 ), con la situación, dimensiones y linderos que se consignan en la inscripción de dominio anotada al Folio 59, año 1931, del Registro del Partido de Patagones, con destino a Capilla. ARTÍCULO 2.- Si se cambiare el destino impuesto por el artículo 1°, se operan la caducidad del acto y reversión del dominio a favor de la Provincia de Buenos Aires, con todo lo plantado y adherido al suelo, sin derecho a reclamo e indemnización alguna por las mejoras introducidas. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.