Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6589

Ley 6589/1961 - AUTORIZANDO CONSTRUCCION DE UN EDIFICIO PARA LA ESCUELA DE ENSEÑANZA DIFERENCIADA Nº 1 DEL PARTIDO DE LINCOLN.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 03/11/1961
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

| poe | LEY N?* 6.589 Autorizando construcción de un edificio para la Escuela de Enseñanza Diferenciada N° 1 del partido de Lincoln Departamento de Educación. . El Senado y Camara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, ( sancionan con fuerza de ‘ LEY \ Art. 1° Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma | de tres millones de pesos moneda nacional ($ 3.000.000 mjn.), en la construcción de un edificio para la Escuela de Enseñanza Di- ferenciada N? 1 del partido de Lincoln, que funciona actualmente en la ciudad de Lincoln. Art. 22 La Dirección de Construcciones Escolares del Ministerio de Educación, procederá a confeccionar los planos especiales para este tipo de escuela. Art. 3° El gasto que demande la presente ley que se declara de urgencia y de interés general, se tomará de Rentas Generales. con imputación a la misma. Art. 42 Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesicnes de la Honorable Logislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a diecinueve días del mes de octubre de mil nove: cientos sesenta y uno. HÉCTOR PORTERO. FepekicoO OSCAR CAPIEL, Juan Carlos Monti, Juan José M. Raimondi, Secretario de la O. de DD. Secretario del Senado. La Plata, 26 de octubre de 1961. y Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese. ALENDE. J. M. AMETRANO. Decreto N° 11.830. Registrada bajo el número seis mil quinientos ochenta y nue- ve (6.589). FeLipg Díaz O' KELLY.