Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 46

RECTIFICA -  DECRETO 36/26 - DESIGNA - LOTERÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SAU -LOTBA - DIRECTORIO - PRESIDENTE - ACEVEDO JESÚS MARIANO - DIRECTOR TITULAR - DOMINGUEZ EZEQUIEL ALEJANDRO - DIRECTORA TITULAR - ACUÑA MIRIAM ELIZABETH - COMISIÓN FISCALIZADORA - SÍNDICO TITULAR - BORRELLI OSVALDO MARTÍN - AGUIN CARLOS ALBERTO - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Estado no verificadoPublicación B.O.: 06/02/2026Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: la Ley General de Sociedades 19.550, las Leyes 5.785, 6.684 y su modificatoria 6.851, los Decretos 387/23 y sus modificatorios, 149/24, 162/25, 452/25 y 36/26, el Expediente EX-2026-06096176-GCABA-DGTALMHF, y CONSIDERANDO: Que por la Ley 5.785 se creó la Sociedad del Estado "Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E." (LOTBA S.E.) con el objeto de autorizar, organizar, explotar, recaudar, administrar y controlar los juegos de azar, destreza, apuestas mutuas y actividades conexas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se la designó Autoridad de Aplicación de la Ley 538 de Juegos de Apuestas; Que por la Ley 6.684 y su modificatoria 6.851 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Hacienda y Finanzas; Que por el Decreto 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a LOTBA S.E. bajo la órbita del citado Ministerio; Que por el artículo 5° de la Ley 5.785 se dispuso que la dirección y administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio integrado por cinco (5) miembros: un (1) Presidente y cuatro (4) Directores titulares designados por el Poder Ejecutivo y que además, contará con cuatro (4) Directores suplentes ad honorem; Que por el Decreto 452/25 se dispuso la transformación societaria de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. en Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.A.U., la que se regirá por la Ley General de Sociedades 19.550; Que por el artículo 2° del citado Decreto se aprobó el Estatuto de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.A.U., el cual establece en su artículo décimo que el término del mandato de los miembros del Directorio será de dos (2) ejercicios regulares, siendo reelegibles solo por dos (2) períodos consecutivos; Que asimismo, mediante el artículo décimo octavo del citado Estatuto se establece que la fiscalización de la sociedad será ejercida por una Comisión Fiscalizadora compuesta por tres (3) Síndicos titulares y tres (3) Síndicos suplentes ad honorem, los que son designados por el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en ejercicio de los derechos que le corresponden como accionista en la Asamblea. El plazo de su designación es de dos (2) ejercicios regulares, pudiendo ser reelegidos sólo por dos (2) períodos consecutivos; Que mediante los Decretos 149/24 y 162/25 se designaron oportunamente a los integrantes del Directorio y Síndicos de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. (LOTBA S.E.); Que habiendo finalizado el mandato de los miembros del Directorio y Síndicos, se dictó el Decreto 36/26 por el cual se designó a las personas en los cargos y condiciones que se detallan en el Anexo I (IF-2026-05925535-GCABA-MHFGC) y

Anexo II (IF-2026-05926166-GCABA-MHFGC);

Que debido a un error material en los citados