Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6206

SE CONDONA LA DEUDA - CONCEPTO - IMPUESTO INMOBILIARIO Y CONTRIBUCIÓN POR ALUMBRADO BARRIDO Y LIMPIEZA MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE SUMIDEROS - INMUEBLE IDENTIFICADO CATASTRALMENTE - CIRCUNSCRIPCIÓN 2 - SECCIÓN 24 - MANZANA 89 - PARCELA 000 - EXIME AL ESTADO NACIONAL - PAGO - DERECHOS VARIOS - DERECHOS DE CATASTRO - DERECHOS DE DELINEACIÓN Y CONSTRUCCIÓN -

Estado no verificadoPublicación B.O.: 28/10/2019Organismo: LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Condonase la deuda que en concepto de impuesto inmobiliario y contribución por Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros establecidos en el Capítulo I del Título III del Código Fiscal (T.O. 2019), que registra el inmueble identificado catastralmente: Circunscripción 2, Sección 24, Manzana 89, Parcela 000, delimitado por las calles Pasco, Av. Caseros, Pichincha y la prolongación virtual de la calle Rondeau (Ex Cárcel de Caseros) y cuya partida inmobiliaria es N° 100107- 01. Art. 2°.- Exímese al Estado Nacional del pago, sobre el inmueble indicado en el artículo 1°, de los siguientes derechos: 1. "Derechos Varios" correspondientes al registro de proyectos y ajustes de instalaciones, de acuerdo a lo establecido en los artículos 21 y 22 del Anexo I de la Ley Tarifaria 6067; 2. "Derechos de Catastro" de acuerdo a lo establecido en el artículo 87 del Anexo I de la Ley Tarifaria 6067; 3. "Derechos de delineación y construcción" establecidos en el Capítulo I del Título IV del Código Fiscal (T.O. 2019), y en los artículos 11 a 15 del Anexo I de la Ley Tarifaria 6067. Art. 3°.- La presente ley entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Art. 4°.- Comuníquese, etc. Quintana - Pérez Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle PROMULGADA POR DECRETO 363 2019