Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7053
Ley 7053/1965 - DONAR A LA INSTITUCION SALESIANA NUESTRA SEÑORA DE LUJAN OBRA DE DON BOSCO, FRACCION FISCAL DEL PARQUE PEREYRA IRAOLA.
Ley 7053 LEY 7053 Dónase a la Institución Salesiana "Nuestra Señora de Luján" Obra de Don Bosco, fracción fiscal del Parque Pereyra Iraola. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a donar a la Institución Salesiana "Nuestra Señora de Luján", Obra de Don Bosco, una fracción fiscal del Parque Pereyra Iraola, perteneciente al Ministerio de Asuntos Agrarios, que corresponde a las actuales quintas números 41 y 42, con una superficie aproximada de 8 hec. 58 as. 5 cs., la que será deslindada y mensurada para concretar la donación autorizada. ARTÍCULO 2.- Establécese que la donación que se autoriza por la presente Ley, es con cargo por parte de la entidad donataria de construir un internado con capacidad de albergar doscientos (200), jóvenes que deseen cursar estudios de magisterio. ARTÍCULO 3.- Si transcurrido cinco (5) años desde la fecha de la escritura traslativa de dominio del inmueble determinado en el artículo primero, no se hubiere cumplimentado el cargo impuesto, facúltase al Poder Ejecutivo para constituir en mora al donatario y en su caso, promover las acciones pertinentes para retrotraer el dominio al patrimonio del Estado. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.