Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6822

Ley 6822/1964 - EXPROPIACION Y DONACION DE INMUEBLES AL INSTITUTO DE EDUCACION INTEGRAL DE MUNRO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 13/10/1964
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6822 LEY 6822 Expropiación y donación de inmueble al “Instituto de Educación Integral de Munro ” . EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Restablécese la vigencia de la Ley 6607, que declara de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de tierra, con todo lo edificado y plantado, ubicada en la localidad de Munro, partido de Vicente López, designada catastralmente como Circunscripción V, Sección E, Manzana 49, Parcela 15, y según título como Manzana 16, lote 4, inscripta en el Registro de la Propiedad al folio número 229/919, y declaratoria de herederos 7.166/947, a nombre de Raúl Alfredo, Eduardo Conrado, Lillie Eloisa y Carlos Alberto Hoch y Rothschild o quien o quienes resulten sus actuales propietarios. ARTÍCULO 2.- Dónase la fracción de referencia a la Asociación Civil “Instituto de Educación Integral de Munro”, para ser destinada al funcionamiento de su establecimiento de educación secundaria gratuita, conforme a los fines específicos de su creación, determinados por el Decreto 3262/958. ARTÍCULO 3.- En caso de disolución de la institución beneficiaria o de no destinarse el bien mencionado a lo enunciado en el artículo 2º, dicho inmueble se retrotraerá al dominio del Estado. ARTÍCULO 4.- El bien no podrá ser vendido, arrendado, hipotecado, ni dársele otro destino, sin el consentimiento previo otorgado por Ley. ARTÍCULO 5.- Los fondos para atender el gasto que demande el cumpli­miento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales con im­putación a la misma. ARTÍCULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.