Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5264

Ley 5264/1948 - EXONERA DEL PAGO DE IMPUESTOS LA DOCUMENTACION RELATIVA AL FOMENTO DE LA VIVIENDA POR INTERMEDIO DEL BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 02/10/1948
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

cme GG me : LEY N° 5264 Exonera del pago de impuestos la docu- mentación relativa al Fomento de la Vi- — vienda, por intermedio del Banco Hipo- tecario Nacional. El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de — . LEY . “Art. 1° Autorízase al Poder Ejecutivo DN a exonerar del pago de servicio fiscal e impuesto de sellos, a los documentos - y contratos referentes a la: constitución, . otorgamiento, amortización, renovación, inscripción o cancelación de las opera- ciones de fomento de la vivienda hasta la cantidad de veinte mil pesos moneda naciona! ($ 20.000 %) que celebre el Banco Hipotecario Nacional, de acuerdo con la autorización del artículo 43 y lo . dispuesto en el artículo 48 del Decre- : to N° 14.961 de fecha 24 de mayo de 1946, ratificado por ley nacional nú- mero 12.962: TH] RA . — 97 -~ i i : Art, 2° Comuníquese al Poder Ejecu- : tivo. Dada en Iw Sua de Sesiones de la Honorable : Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los diecinueve días del mes de agosto, de mil novecientos cuarenta y ocho. ‘ Marto M. GOIZUETA. JUAN B. MACHADO. | Dionisio Ondarra, Alfredo Panelli, i Secretario de la C.de DD. — Secretario del Senado i : lua Plata, 15 de setiembre de 1948. i _Cúmplase, comuníquese, publíquese y ¿ dése al Registro y «Boletín Oficial». 3 . MERCANTE, . MIGUEL Lórnz FRANCÉS. | Decreto N® 22.629. y 4 o (Letra P, 198.362/48). d La Plato, setiembre 29 de 1948. . Atento la autorización conferida por Í la Ley número 5264 el Poder Ejecu- : tivo — . : DICRETA: : Art. 1? Exonérase del pago de servi- E cio fiscal e impuesto de sellos, a los do- , i cumentos y contratos referentes a la i constitución, otorgamientos, amortiza- q ción, renovación, inscripción o cancela- 5 Perfodo_92.— 13 - REY an . j — 93 — cién de las operaciones de fomento de la vivienda hasta la cantidad de veinte mil pesos moneda naciona! ($ 20.000 %) que celebre el Banco Hipotecario Nacio.. nal, de acuerdo con la autorizacién del Ñ artículo 43 y lo dispuesto en el artícu- . lo 48 del decreto número 14.961 de fecha 24 de mayo de 1946, ratificada por Ley Nacional número 12.962. Art. 2° Comuniquese, publiquese y dése al Registro y «Boletín Oficial». MERCANTE. MIGUEL LópPEZ Francis. . TRAMITE LEGISLATIVO . HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS. — Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo. Entrada y destino a la Comisión de Presupuesto e Impuestos, páginas 473 y 557 (junio 3 de 1948).. Expídese la Comisión, página 745 (junio 16 de- 1948). Aprobación en general y particular, pági- nas 900 y 913 (junio 23 de 1948). : HONORABLE SENADO. — Entrada y destino a. la Comisión de Presupuesto y Hacienda, página 566 (junio 24 de 1948). Expídese la Comisión, página. 817 (julio 29 de 1948). Sanción definitiva, pági- na 969 (agosto 19 de 1948), . 4 —— OES