Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 8863

Decreto-ley 8863/1977 - CESION EN COMODATO A TITULO GRATUITO DE UN EDIFICIO DE PROPIEDAD DE PINAMAR S.A.F.A.I.C.E I.(PDO. GRAL MADARIAGA Y CON LA LOC.DE PINAMAR)CON DESTINO A ESCUELA EDUC.MEDIA Nº1.SE EXCEPTUA LEY 7543.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 14/09/1977
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Decreto-ley 8863/1977 DECRETO-LEY 8863/77 LA PLATA, 1 de SETIEMBRE de 1977. VISTO lo actuado en el expediente número 2624-15562/75 y la autorización otorgada mediante la Instrucción 1/76, artículo 1, apartado 1.1. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA DE FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Exceptúase de la exigencia establecida en el artículo 30 de la Ley 7543 (T.O. 1976) a PINAMAR S.A.F.A.I.C. e I., para la celebración y demás efectos vinculados al convenio entre esa Empresa y el Ministerio de Educación de la Pro­vincia de Buenos Aires, referido a la cesión en comodato a títu­lo gratuito de un edificio de propiedad de aquélla, ubicado en ­el remanente rural también de su propiedad que linda con la Ave­nida Jorge Bunge, calle del Tuyú y calle Marco Polo de la locali­dad de Pinamar, partido de General Madariaga, con destino exclu­sivamente al funcionamiento de la Escuela de Educación Media nú­mero 1 del mencionado partido. ARTÍCULO 2.- Facúltase al Ministerio de Educación a convenir con PINAMAR S.A.F.A.I.C. e I., la fijación de competencia de tribunales no provinciales para entender en cualquier clase de conflicto que se originare a raíz de la cesión a que hace referencia el artículo 1. ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.