Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12436

Ley 12436/2000 - PRORROGA LA VIGENCIA DE LAS LEYES 12193 Y 12304 POR EL TÉRMINO DE 365 DÍAS PARTIR DE LA PROMULGACIÓN DE LA PRESENTE (OBRAS DE INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL).

Estado no verificadoPublicación B.O.: 22/06/2000
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Ley 12436 LEY 12436 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1º.- Prorrógase la vigencia de las Leyes 12193 y 12304 por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días. ARTÍCULO 2º.- La prórroga tendrá vigencia desde la promulgación de la presente. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata , a los cuatro días del mes de mayo de dos mil.