Nación · Decreto-ley N° 4560

Decreto/ley 4560 - MODIFICATORIO DEL DECRETO LEY 2437/55 CON OBJETO CUMPLIDO- FRANQUICIA ADUANERA PARA EXILIADOS POLITICOS

Estado no verificadoSanción: 12/03/1956Publicación B.O.: 22/03/1956Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

AMPLIASE PLAZO PARA FRANQUICIA ADUANERA AMPLIASE PLAZO PARA FRANQUICIA ADUANERA DECRETO-LEY Nº 4.560. – Buenos Aires, 12/3/56. ATENTO a que en la práctica ha resultado insuficiente el plazo señalado por el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 2.437/55 que otorga franquicias aduaneras a los exiliados políticos que regresen al país, El Presidente Provisional de la Nación Argentina, en Ejercicio del Poder Legislativo, Decreta con Fuerza de Ley: Artículo 1º - Amplíase hasta el 31 de marzo de 1956, el plazo fijado por el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 2.437/55. Art. 2º - El presente Decreto-Ley será refrendado por los señores Vicepresidente Provisional y Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Interior, Hacienda, Finanzas, Ejército, Marina y Aeronáutica. Art. 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Nacional y archívese.