Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 374

DECLARA ACREDITADA - POSESIÓN VEINTEAÑAL - ADQUIRIDO POR LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - DOMINIO - INMUEBLE SITO AVENIDA BELGRANO 836-840-844-848-852-858

Estado no verificadoPublicación B.O.: 05/11/2019Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley Nacional N° 17.801, La Ley N° 351, (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Expediente Electrónico N° 2018-19957650-MGEYA-DGABC, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita la regularización dominial del inmueble sito en la Avenida Belgrano N° 836/840/844/848/852/858, identificado catastralmente como Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 4, Parcela 3b; Que la Ciudad de Buenos Aires ostenta la posesión continua, pacífica, pública e ininterrumpida del inmueble desde el 1 de julio de 1964; Que la referida situación dominial carece de su correspondiente reflejo registral, por cuanto corresponde tenerse por acreditada la posesión veinteañal y proceder a su regularización e inscripción, aplicando el régimen de prescripción adquisitiva previsto en la Ley N° 351 (texto consolidado por Ley N° 6.017); Que la Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, instrumentará la declaratoria de dominio del mencionado inmueble mediante escritura pública y/o testimonio administrativo (Ley N° 17.801 artículo.3° inc.a) y a procederá a inscribirlo en el Registro de la Propiedad Inmueble;- Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado debida intervención conforme Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.017). Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos N°102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Declárase acreditada la posesión veinteañal y adquirido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el dominio del inmueble sito en Avenida Belgrano N° 836/840/844/848/852/858, identificado catastralmente como Circunscripción 13,

Sección 2, Manzana 4, Parcela 3b.

Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar la declaratoria de dominio a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y proceder a su inscripción por ante el Registro de la Propiedad Inmueble por testimonio administrativo y/o escritura pública. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, a la Dirección General Administración de Bienes, Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno del Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura Miguel