Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5444
Ley 5444/1949 - CREACION DEL PARQUE LOS DERECHOS DE LA ANCIANIDAD Y DEL PALACIO DE BELLAS ARTES. (PEREYRA IRAOLA - PRESIDENTE PERÓN)
Ley 5444 LEY 5444 Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 5753 y Dec-Ley 701/55. Creación del parque “Los Derechos de la Ancianidad” y del Palacio de Bellas Artes. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTÍCULO 1.- (Texto según Dec-Ley 701/55) Denomínase parque "Pereyra Iraola" al actual parque “Presidente Perón”, ubicado en los Partidos de Quilmes y La Plata, expropiado por el Poder Ejecutivo por Decretos números 1465 y 4393 de fechas 28 de Enero y 11 de Marzo de 1949, respectivamente. ARTÍCULO 2.- Ningún mandatario ni funcionario alguno de cualquiera de los Poderes Públicos, podrá establecer su residencia permanente ni temporaria en el inmueble a que se refiere el artículo anterior. ARTÍCULO 3.- (Artículo DEROGADO por LEY 5753) El edificio principal existente en aquél se destinará a la instalación y funcionamiento del Palacio de Bellas Artes de la Provincia. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.