Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11821
Ley 11821/1996 - DECLARASE DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION UN INMUEBLE UBICADO EN LA LOCALIDAD DE QUILMES, PDO.DEL MISMO NOMBRE. (ESCUELA Nº 505 DE SORDOS E HIPOACúSICOS)
Ley 11821 LEY 11821 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de Quilmes, partido del mismo nombre, identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección S, Manzana 32, Parcela 18, que cuenta con una superficie de 300,25 mts 2 ; inscripto el dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble en la matrícula 12.642 de Quilmes (86) a nombre de JUAN MARIA TEOFILO JULIAN DOTREMONT y NILDA RICARDA SOSA y/o quien o quienes resulten propietarios. ARTICULO 2.- El inmueble expropiado será transferido a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con destino a ser anexo de la Escuela N° 505 de sordos e hipoacúsicos de la ciudad y partido de Quilmes. ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.