Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 447
SE DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO - SUBSIDIARIO DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - CAYETANO COLANTUONO - SANCIÓN - CESANTÍA - RESOLUCIÓN 315-MJGGC-17
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6.017), las Resoluciones Nros. 315- MJGGC/2017 y 146-MJGGC-2019, los Expedientes Electrónicos Nros. EX-2014- 6422577-MGEYA-DGSUM y EX-2013-3290105-MGEYA-DGDYPC, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración que fuera oportunamente interpuesto por el señor Cayetano Colantuono (D.N.I. N° 13.846.839) contra la Resolución N° 315-MJGGC-2017, por medio de la cual se le aplicó una sanción de cesantía; Que por Resolución N° 146-MJGGC-2019, del 15 de marzo de 2019, se desestimó el recurso de reconsideración; Que el 16 de abril de 2019 se le notificó la posibilidad de mejorar los fundamentos de su recurso, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; Que, el 24 de abril de2019, el señor Colantuono amplió los términos de su recurso, solicitando la suspensión del proceso sumarial, planteando una excepción de caducidad y la mención como hecho nuevo de entender extinguida la acción penal por prescripción; Que la presentación efectuada por el recurrente no logra conmover lo decidido por la Resolución N° 146-MJGGC-2019; Que la solicitud de la suspensión del proceso sumarial deviene abstracta dado que el sumario 153/14 se encuentra concluido; Que a la fecha no ha operado la caducidad en ninguna etapa del procedimiento administrativo; Que extinción de la acción penal a la que alude el recurrente carece de elementos suficientes que permitan tenerla por acreditada, resultando una mera afirmación cuya relación, además, con el acto administrativo que ordenó su cesantía no permite deducirse de la presentación en que la invoca; Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por la Procuración General, corresponde el rechazo del recurso jerárquico subsidiario. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico, subsidiario del recurso de reconsideración que fuera interpuesto por el señor Cayetano Colantuono (D.N.I. N° 13.846.839) contra la Resolución N° 315- MJGGC-2017. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrán interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6.017), y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle INTEGRADA POR DECRETO 341 2022 <p>Artículo 1°.del Decreto 341-22 desestima el recurso de reconsideración interpuesto por Cayetano Colantuono contra el<br />Decreto N° 447-19.<br /> </p> INTEGRA RESOLUCIÓN 315 2017 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS <p>Art. 1 del Decreto 447-19 desestima el recurso jerárquico, subsidiario del recurso de reconsideración que fuera interpuesto por el señor Cayetano Colantuono contra la Resolución 315- MJGGC-17.</p>