Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6102
Ley 6102/1959 - EXPROPIACIóN DE UN INMUEBLE PARA LA ESCUELA PROFESIONAL MIXTA DE SAN JUSTO, MATANZA.
Ley 6102 LEY 6102 Expropiación de un inmueble para la Escuela Profesional Mixta de San Justo, Matanza EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la calle Salta entre las de Buenos Aires y Almafuerte, de la Ciudad de San Justo, Partido de Matanza, cuya nomenclatura catastral es: circunscripción I, sección A, manzana 19, parcela 6 y cuyo título figura registrado bajo el número 82.158, año 1928, folio 546 del año 1929, de doña María Elena Indart o quien resulte su legítimo propietario, con una superficie aproximada de 836 metros cuadrados. ARTÍCULO 2.- El inmueble determinado en el artículo anterior, cuya expropiación se declara de urgencia, será destinado por el Poder Ejecutivo a la construcción del edificio para la Escuela Profesional Mixta número 3, de Matanza. ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomará de Rentas Generales, con imputación a la misma. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.