Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7067

Ley 7067/1965 - AGREGA PARRAFO AL ART. 3º DE LA LEY 6395 (DECLARANDO COMPUTABLES AL REGIMEN DE LA LEY Nº 5425 Y COMPLEMENTARIAS, LOS SERVICIOS PRESTADOS AD HONOREM)(INSTITUTO DE PREVISIóN SOCIAL).

Estado no verificadoPublicación B.O.: 08/10/1965
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Ley 7067 LEY 7067 Agrégase un párrafo como último apartado del artículo 3º de la Ley 6395. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Agrégase como último apartado del artículo 3º de la Ley 6395, el siguiente párrafo: "Los derechos patrimoniales emer­gentes del reconocimiento de los servicios a los que se refiere este artículo, tendrán efecto a partir de la fecha de sanción de la pre­sente Ley". ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.