Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 402

APRUEBA - CAMBIO DE MODALIDAD - DE JORNADA SIMPLE TURNO MAÑANA Y TURNO TARDE - A JORNADA COMPLETA - TOTALIDAD DE LAS SECCIONES - ESCUELA PRIMARIA N° 9  DISTRITO ESCOLAR 10 EVARISTO JULIO BADIA - CICLO LECTIVO 2023

Estado no verificadoPublicación B.O.: 05/12/2022Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y sus modificatorias, la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 463/19 y modificatorios, la Resolución CFE N° 426/22, el Expediente Electrónico N° 41776410-GCABA- DGEGE/22, y CONSIDERANDO: Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática, asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo; Que conforme la Ley Nacional N° 26.206 y sus modificatorias, se declara que la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de 4 años hasta la finalización del nivel de la educación secundaria; Que, asimismo, en su artículo 28 prevé que, las escuelas primarias serán de jornada extendida o completa con la finalidad de asegurar el logro de los objetivos fijados para el Nivel Primario; Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Educación, que tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social, como así también administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades, entre otros; Que por el Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Educación a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, entre cuyas responsabilidades primarias se encuentra la de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos para contribuir al desarrollo individual y social de la comunidad; Que en dicho contexto la Dirección General de Educación de Gestión Estatal de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa promueve el cambio de modalidad de jornada simple turno mañana y turno tarde a jornada completa para la totalidad de las secciones que conforman la Escuela Primaria N° 9 Distrito Escolar 10 "Evaristo Julio Badia", implementándose a partir del ciclo lectivo 2023; Que por Resolución del Consejo Federal de Educación N° 426/22, la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se comprometieron a implementar todas las acciones necesarias para avanzar hacia la universalización de la jornada completa o extendida en las escuelas primarias, o bien a adoptar la modalidad de extensión horaria que las lleve a un mínimo de 25 horas semanales como estrategia escalonada hacia dicha universalización; Que corresponde destacar que el propósito de ampliar la jornada escolar en el Nivel Primario obedece principalmente a maximizar el aprovechamiento del tiempo escolar como medio para promover la profundización y el enriquecimiento de la propuesta pedagógica, y a favorecer a los/as docentes con nuevas formas de organización de la enseñanza; Que de esta forma se busca avanzar con nuevas estrategias que permitan contribuir con nuevas ofertas educativas, generando mayor rendimiento en los niños y niñas que integran la comunidad educativa; Que corresponde señalar que el cambio de modalidad propuesto para la Escuela Primaria N° 9 Distrito Escolar 10 "Evaristo Julio Badia" permite seguir garantizando una diversidad de oferta educativa por distrito escolar; Que en virtud del cambio de modalidad promovido, resulta oportuno encomendar a la titular del Ministerio de Educación la aprobación, modificación y convalidación de las Plantas Orgánicas Funcionales, como así también la implementación de la medida propiciada; Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que así lo establezca. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Aprobar el cambio de modalidad de jornada simple turno mañana y turno tarde a jornada completa para la totalidad de las secciones que conforman la Escuela Primaria N° 9 Distrito Escolar 10 "Evaristo Julio Badia", ubicada en la calle O'Higgins N° 3050 de esta Ciudad, implementándose a partir del ciclo lectivo 2023. Artículo 2°.- Encomendar a la titular del Ministerio de Educación la aprobación, modificación y convalidación de las Plantas Orgánicas Funcionales y la implementación de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación, el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos comuníquese a los Ministerios de Hacienda y Finanzas y de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel p/p - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle INTEGRADA POR RESOLUCIÓN 1 2023 SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE <p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 1/SSCDOC/23, aprueba las pautas para la reasignación del personal docente titular, interino y suplente que se desempeña como “Maestro/a de Grado”, a partir del ciclo lectivo 2023, al establecimiento educativo alcanzado  por el Decreto N° 402/22.</p>