Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11630

Ley 11630/1995 - DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION UN INMUEBLE UBICADO EN EL PARTIDO DE SAN NICOLAS CON DESTINO A MUSEO HISTORICO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 08/05/1995
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 11630 LEY 11630 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble sito en el Partido de San Nicolás, designado catastralmente como Circunscripción I,

Sección A, Manzana 17, Parcela 21, inscripto su dominio bajo la D.H. 6186/69

con relación a los folios 1183/68 y 521/72 de San Nicolás, a nombre de Paez y Bogado de Wall, María Adelia y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. ARTICULO 2.- El inmueble designado en el artículo anterior será transferido a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires con destino a Museo Histórico, en cumplimiento de la Ley 10.828. ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.