Provincia de Buenos Aires · Ley N° 13212

Ley 13212/2004 - MODIFICA LA LEY 10737 (REF. CÁMARA DE SENADORES NORMAS SOBRE CONTRATACIÓN, DONACIONES, ASIGNACIONES, BECAS Y VIÁTICOS).

Estado no verificadoPublicación B.O.: 27/07/2004
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 13212 LEY 13.212 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1º: Modifícase el artículo 11 de la Ley 10.737 y modificatorias T.O. por Decreto 1.069/03, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 11: Establécese un programa de asignación de becas de liquidación mensual, para otorgarse a estudiantes que cursen regularmente en los niveles de Educación General Básica, Polimodal, Terciario y/o Universitario, con un valor equivalente mensual al dos (2) por ciento del sueldo básico de un Secretario del Honorable Senado, cuya implementación se efectuará por reglamentación a dictarse por parte de la Presidencia del Honorable Senado. Se podrá optar por otorgar medias becas, las que tendrán un valor equivalente al cincuenta (50) por ciento del fijado en el párrafo anterior” ARTICULO 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.