Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 4010

Decreto-ley 4010/1956 - (DECRETO-LEY 4010/956)AMPLIASE PLAZO PARA PATENTAMIENTO DE RODADOS QUE SE REFIERE EL ART 37 DE LA LEY 5789.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 20/04/1956
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

DECRETO-LEY N? 4.610 La Plata, 21 de marzo de 1956, Visto el expediente 4.032-23.135, año 1956, por el que la Munici- palidad de La Plata, solicita se amplíe el término para el paten- tamiento de rodados que establece en su parte pertinente el ar- tículo 379 de la ley 5.789 “Ordenanza General Impositiva”, y|— Considerando: Que la medida propugnada se estima prudente y justiciera, ya que la condonación de recargos facilitará la percepción del recurso, máxime en las actuales circunstancias én que diversos factores han provocado morosidad en el pago en término de los derechos y tasas municipales. Que, además, una medida similar se ha dispuesto para los im- puestos, tasas o contribuciones de ejercicios vencidos, de la referida Municipalidad. Por ello, el Interventor Federal de la provincia de Buenos. Aires. en ejercicio del Poder Legislativo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 1° Ampliase hasta el día 15 de abril del corriente año, el plazo para el patentamiento de rodados a que se refiere el artículo 379, de la ley vigente 5.789 “Ordénanza General Impositiva”, dle la. Municipalidad de La Plata. Art. 22 Dése cuenta oportunamente a la Honorable Legislatura. Art, 39 El preente decreto-ley será refrendado en Acuerdo Ge- neral de Ministros. Art. 49 Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y, a sus efectos, vuelva a la Municipadidad dé La Plata. BONNECARRERE. M. A. ARANDA, E. CORTÉS, E, G. AGUILERA, RODOLFO A. EYHERABIDE,. JUAN Canter, I. C. ZUBERBÚALER,