Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° DE NECESIDAD Y URGENCIA 379

PROCEDIMIENTO DE MEDIACION PREJUDICIAL EN MATERIA DE SALUD - APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE MEDIACION PREJUDICIAL EN MATERIA DE SALUD - PROMESA

Estado no verificadoPublicación B.O.: 04/06/2025Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VerTexto de la presente Norma Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle INTEGRADA POR DISPOSICIÓN 43 2025 DIRECCION GENERAL MEDIACION Y CONVIVENCIA VECINAL <p>Punto 8 del Considerando de la Disposicion 43-DGMCV-25 establece que por el artículo 8° del Decreto DNU-2025-379-APN-PTE se invíta a la Ciudad Autonoma de Buenos Aires a crear un procedimiento de mediacio prejudicial en materia de salud que contemple los principios y objetivos del Procedimiento de Mediacion Prejudicial en Materia de Salud -PROMESA</p>