Nación · Ley N° 27576

Ley 27576 - INCORPORENSE LOS INCISOS T), U) Y V) DEL ARTICULO 44 DE LA LEY 26.061.

Estado no verificadoSanción: 05/11/2020Publicación B.O.: 26/11/2020Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Ley 27576 Ley N° 26.061. Modificación. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: Artículo 1º- Incorpórense como incisos t), u) y v) del artículo 44 de la ley 26.061, los siguientes: t) Crear interfaces de tecnologías y plataformas digitales gratuitas y de fácil acceso destinadas a brindar información y asesoramiento en materia de violencia, maltrato, abuso y otras vulneraciones de derechos contra niñas, niños y adolescentes, y que promuevan su participación; u) Establecer las directrices para la compilación y el tratamiento de la información producida por las interfaces de tecnología y por las líneas telefónicas de atención para niños, niñas y adolescentes dependientes de los distintos órganos administrativos de las diversas jurisdicciones; v) Generar campañas de difusión masiva de las interfaces señaladas en el inciso t). Artículo 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. REGISTRADA BAJO EL N° 27576 CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - SERGIO MASSA - Juan Pedro Tunessi - Eduardo Cergnul e. 26/11/2020 N° 59102/20 v. 26/11/2020