Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8538

Ley 8538/1975 - DECLARANDO CIUDAD A LA LOCALIDAD DE ORIENTE, PARTIDO DE CORORNEL DORREGO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 09/12/1975
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[Pagina 1] Sy i A E ; / LEY 8.538 . ] ES Declarando citidad a la localidad de Oriente, partido li de Coronel Dorrego . j E: Senado y Camara de Diputados de la provincia de Buenos Ai- res, sancionan con fuerza de — | A LEY: | Art. 1% Declárase ciudad a la localidad de Oriente, partido de Co- | ronel Dorrego, i Art, 22 Comuníquese al Poder Ejecutivo. . Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la | provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintitrés días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cinco. i BLANCA ELODIA RODRÍGUEZ _ EGIDIO A. SERAFINI | Evaristo Fernández Camillo Eduardo M. de la Cruz i Secretario de la C. de DD. A Secretario del Senado i Decreto 8.133, a b La Plata, 31 de octubre de 1975. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese. a CALABRO. . D.'E. Sanz. Registrada bajo el número ocho mil quinientos treinta y ocho. | (8.538). D. E. Sanz. : RCLSTIN CPIOTAL.G de diciembre de 1975.