Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 491
DESIGNA FUNCIONARIOS - SUBSECRETARIO - BRIAN ALEJANDRO BLOSZTEJN - SUBSECRETARÍA GESTIÓN URBANA - DIRECTORES GENERALES - RICARDO CESAR FERNANDEZ - DIRECCIÓN GENERAL PROYECTOS DE ARQUITECTURA - LUIS OSCAR CABILLÓN - DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO URBANO - ANÍBAL FRANCISCO DEL OLMO - DIRECCIÓN GENERAL ANTROPOLOGÍA URBANA - SANDRA MARIEL TUYA - DIRECCIÓN GENERAL INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA - SECRETARÍA DESARROLLO URBANO - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 47297613-GCABA-SECDU/23, y CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Coordinación o Jefatura de Gabinete de Ministros; Que, por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta nivel de Dirección General dependientes de la Secretaría Desarrollo Urbano bajo la órbita del citado Ministerio; Que, en consecuencia, el señor Jefe de Gabinete de Ministros propicia la designación de las personas que se detallan en el Anexo I IF-2023-47508157-GCABA-SECDU, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que alli se detallan; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, a las personas que se detallan en el Anexo I IF-2023-47508157-GCABA-SECDU, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que allí se detallan. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti