Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 2392

Decreto-ley 2392/1955 - (DEC-LEY 2392/55) DURANTE EL AÑO 1955 NO SERA DE APLICACION LO ESTABLECIDO EN EL ART.269 INCISOS A), D), E), F) Y G) DEL CODIGO FISCAL, LEY 5246.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 13/12/1955
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

: DECRETO-LEY N°? 2.392 La Plata, 5 de diciembre de 1955. Visto el expediente N° 2.306-39.759, año 1955, por el cual la Di- tección General de Rentas, dependiente del Ministerio de Hacienda, Economía y Previsión, puntualiza la necesidad de adoptar para el : corriente año la norma contenida en el artículo 2279 de la Regla- mentación General del Código Fiscal (Texto Ordenado 1954), amplia- da por el Decreto N° 9.053, de fecha 12 de julio de 1954, y — Considerando: Que de acuerdo con los términos de la Ley N° 5.826, los valores resultantes de la valuación general inmobiliaria, dispuesta por las leyes números 5.738 y 5.739, tendrán vigencia a partir del 19 de enero de 1956, Que frente a dicha disposición y a la norma contenida en el «artículo 261 del Código Fiscal (Texto Ordenado 1954), corresponde adoptar para el corriente año el criterio observado durante el año 1954 con respecto a la aplicación de los incisos a), d), e), f) y €) del artículo 260% del Código Fiscal (Texto Ordenado 1954). Por ello y de conformidad con lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno, el Interventor Nacional en la provincia de Buenos Aires — DECRETA: Art. 19 Durante el año 1955 tampoco sera de aplicación lo esta- blecido en el artículo 269° incisos a), d), e), f) y g) del Código Fis- cal (Texto Ordenado 1954). Art. 22 Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y pase a la Dirección General de Rentas, a sus efectos. BONNECARRERE. a H. IMSEN (4). _