Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6866

HOMOLOGA - CONDONACIONES DE DEUDAS - AUTORIZADAS POR LA ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - AGIP -GRAVAMENES INMOBILIARIOS -PATENTES SOBRE VEHICULOS EN GENERAL - IMPUESTOS SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

Estado no verificadoPublicación B.O.: 27/01/2026Organismo: LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Se homologan las condonaciones de deudas por Gravámenes Inmobiliarios, Patentes sobre Vehículos y por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, autorizadas por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, mediante las Resoluciones que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ley, en virtud de lo dispuesto en el artículo 187 del Código Fiscal (T. O. 2025) y sus modificatorias. Art 2°.- Comuníquese, etc. Muzzio - Schillagi Buenos Aires, 26 de enero de 2026 Mediante la presente certifico que la Ley 6.866, que tramita por el expediente EX- 2025-55757546-GCABA-DGCCN, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 27 de noviembre de 2025, quedó automáticamente promulgada el día 15 de enero de 2026. Ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por lo expuesto, ordeno su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; así como su comunicación a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa, y al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Kamian