Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 453

PROMULGA LEY 6860

Estado no verificadoPublicación B.O.: 05/12/2020Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se promulga la Ley 6.860 (EX-2025-52521333-GCABA-DGCCN) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 27 de noviembre de 2025. El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa, y al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. MACRI - Arengo Piragine - Sánchez Zinny Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle PROMULGA LEY 6860 2025