Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 295
DESESTIMA - RECURSO JERÁRQUICO EN SUBSIDIO DE RECONSIDERACIÓN - CONTRA - RESOLUCIÓN N° 273-MJGGC/23 - INTERPUESTO POR - B E C
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 1.218 (texto consolidado conforme Ley N° 6.588), el Decreto N° 3.360/68 y modificatorios, las Resoluciones Nros. 273-MJGGC/23 y 309-MJGGC/23, el Expediente Electrónico N° 14425636-GCABA-DGSUM/23, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración, interpuesto por el Sr. B.E.C contra la Resolución N° 273-MJGGC/23, por la que el Sr. Jefe de Gabinete de Ministros resolvió no instruir sumario administrativo respecto de las denuncias presentadas por el mismo; Que por Resolución N° 309-MJGGC/23 de la Jefatura de Gabinete de Ministros se desestimó el recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. B.E.C; Que con fecha 20 de julio de 2023, se notificó al recurrente la Resolución N° 309- MJGGC/23; Que con fecha 27 de julio de 2023 se le notificó la posibilidad de mejorar los fundamentos del recurso jerárquico subsidiario, dentro del plazo de 5 (cinco) días, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, sin que, vencido el plazo acordado, se haya presentado a hacer uso de tal derecho; Que no habiendo el recurrente ampliado ni mejorado los fundamentos expresados en el recurso de reconsideración, corresponde tener por reproducida la argumentación plasmada en la Resolución N° 309-MJGGC/23 que sirvió de base para desestimarlo; Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención de su competencia; Que en función de ello, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desestimar el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración, interpuesto el Sr. B.E.C. contra los términos de la Resolución N° 273-MJGGC/23. Artículo 2°. - El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al Sr. B.E.C, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6.588), y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel