Nación · Ley N° 20004

Ley 20004 - FACULTASE AL PODER EJECUTIVO PARA ORDENAR LAS LEYES SIN INTRODUCIR EN SU TEXTO NINGUNA MODIFICACION .

Estado no verificadoSanción: 05/12/1972Publicación B.O.: 13/12/1972Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina LEGISLACION NACIONAL LEY N° 20.004 Facúltase al Poder Ejecutivo para ordenar las leyes sin introducir en su texto ninguna modificación. Bs. As., 5/12/72. EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1º — Facúltase al Poder Ejecutivo para ordenar las leyes, sin introducir en su texto ninguna modificación, salvo las gramaticales indispensables para la nueva ordenación. Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. LANUSSE. Gervasio R. Colombres.