Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 242

DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO - SUBSIDIARIO DEL DE RECONSIDERACIÓN - INTERPUESTO CONTRA LA RESOLUCIÓN 19-MSEGC/24 - DEJA SIN EFECTO - DESIGNACIÓN - POLICÍA DE LA CIUDAD - ESTEBAN RICARDO LUCERO

Estado no verificadoPublicación B.O.: 01/07/2025Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1.510/97 y la Ley 5.688 (textos consolidados por Ley 6.764), las Resoluciones 19-MSEGC/24 y 1182-MSEGC/24, el Expediente 07272867-GCABA-DSG/24, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración, interpuesto por Esteban Ricardo Lucero, D.N.I. 42.825.387, contra la Resolución 19-MSEGC/24, que dispuso dejar sin efecto su designación en la Policía de la Ciudad en virtud de lo previsto en el artículo 114 de la Ley 5.688 y el Decreto Reglamentario 234/17, modificado parcialmente por el Decreto 103/21; Que el mencionado agente fue notificado de la citada Resolución 19-MSEGC/24 mediante acta de notificación de fecha 26 de enero de 2024; Que cabe destacar que de las constancias obrantes en el Expediente 42972052- GCABA-SCGPDP/23 surge que la designación del Oficial Esteban Ricardo Lucero fue dejada sin efecto, toda vez que no había superado el plazo de 12 meses de efectiva prestación de servicio para adquirir la estabilidad en el empleo prevista por el artículo 114 de la Ley 5.688. Asimismo, durante su permanencia en esa Institución no cumplió con los deberes y obligaciones esenciales inherentes a su función operativa policial, llevando a cabo inconductas que no se adecuan a las normas éticas acordes al estado policial y su calidad de funcionario público; Que por Resolución 1182-MSEG/24, se desestimó el recurso de reconsideración interpuesto por el recurrente, la que le fue notificada con fecha 13 de diciembre de 2024; Que con fecha 26 de diciembre de 2024, se le notificó la posibilidad de mejorar o ampliar los fundamentos del recurso jerárquico, dentro del plazo de 5 (cinco) días, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que cumplido el plazo legal y no habiéndo realizado presentación alguna tendiente a ampliar o mejorar los fundamentos expresados en el recurso de reconsideración, corresponde tener por reproducidos los fundamentos plasmados en la Resolución 1182-MSEGC/24; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Jurídico IF-2024- 44195920-GCABA-DGDIC, aconsejando que: "...si se produce alguna presentación a tales efectos, las actuaciones deberán volver a esta Procuración General para su examen. En caso contrario, corresponderá resolver el recurso jerárquico de conformidad con lo aquí dictaminado..."; Que de acuerdo a las constancias obrantes en el expediente, y lo aconsejado por la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde desestimar el recurso Jerárquico subsidiario del de |reconsideración interpuesto por Esteban Ricardo Lucero; Que, en función de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desestimar el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración interpuesto por Esteban Ricardo Lucero (D.N.I. 42.825.387) contra la Resolución 19- MSEGC/24. Artículo 2°. - El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Seguridad y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificar a Esteban Ricardo Lucero (D.N.I. 42.825.387), con copia del Dictamen Jurídico IF-2024- 44195920-GCABA-DGDIC, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley 6.764), y para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de Seguridad. Cumplido, archivar. MACRI - Giménez - Sánchez Zinny