Nación · Ley N° 11625
Ley 11625 - OBJETO CUMPLIDO-EXONERA MULTAS A DEUDORES DE PAVIMENTOS
ACTOS DEL PODER EJECUTIVO ACTOS DEL PODER EJECUTIVO Ministerio del Interior Ministerio del Interior Ley número 11.625, sobre exoneración de multas a los deudores por pavimentos. Buenos Aires, Septiembre 26 de 1932 Por cuanto: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., Sancionan con fuerza de, Ley: Artículo 1- Exonérase de las multas en que hubieren incurridos hasta la fecha, los deudores morosos de pavimentos hechos en virtud de las Leyes números 4.391; 5.007; 7.091; 8.210 y 9.142, que cubrieren los atrasos de los servicios devengados, dentro del término de ciento veinte días, a contar desde la promulgación de la presente ley. Art. 2- Comuníquese, al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 22 de Septiembre de 1932. JULIO A. ROCA JUAN F. CAFFERATA Gustavo Figueroa D Zambrano Registrada bajo el Nº 11.625. Por tanto: Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro Nacional y archívese. JUSTO