Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 1122
Decreto-ley 1122/1956 - (DEC-LEY 1122/56) DEROGA EL ART. 46 DE LA LEY IMPOSITIVA PARA LOS AÑOS 1954 Y 1955, PRORROGADA POR LEY 5855.
Reformas y relaciones normativas
1DECRETO - LEY N® 1.122 La Plata, 31 de enero de 1956. Visto el expediente numero 2.306-60.578/56 del Ministerio de Hacienda, Economia y Previsión, y— Considerando: Que el gravamen de “Turismo y Parques” ha sido establecido por los servicios de inspección y contralor de tarifas y precios a cargo de la Direccién de Turismo y Parques para los establecimien- tos inscriptos en el Registro de Hoteles y Afines y por el mismo servicio prestado por la Dirección de Abastecimiento a los comer- cios radicados en las zonas delimitadas por el régimen de la Ley . número 5.254. Que tal gravamen produce un aumento en el costo de los servi- cios de hoteles y comercios afines como también los gastos de los comercios ubicados en las zonas de turismo, con la natural gravi- tación sobre los precios de los mismos. Que en consecuencia resulta conveniente su supresión ya que ? al disminuir la presión tributaria sobre los contribuyentes radi- cados en la zona afectada, ha de incidir sobre los precios de los ' servicios que estos prestan. Por ello, atento a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales y Asesoría General de Gobierno, el Interventor Federal en la provincia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 19 Derógase el artículo 46° de la Ley Impositiva para los años 1954 y 1955 (T. O. 1954), prorrogada por la Ley N° 5.855. Art. 20 El presente Decreto-Ley será refrendado por todos los Ministros en Acuerdo General, Art, 39 Comuníquese, publíquese, dése al Registro y «Boletín Oficial» y archívese. BONNECARRERE, E. CORTES, M. A, ARANDA, E. G. AGUILERA, RODOLFO A. EYHERABIDE, Juan CANTER, I. C, ZUBERBÚHLER.