Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12497
Ley 12497/2000 - DEROGA LA LEY 10370 Y SU MODIFICATORIA LEY 11393 (CUENTA ESPECIAL EN EL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; PRESUPUESTO HONORABLE LEGISLATURA)
Ley 12497 LEY 12.497 El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY Art. 1º) Derógase la Ley 10.370 y su modificatoria Ley 11.393. Art. 2º) Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los catorce días del mes de setiembre del año dos mil. ALEJANDRO H. CORVATTA Vicepresidente 1º H. Senado Eduardo Horacio Griguoli Secretario Legislativo H. Senado FRANCISCO J. FERRO Presidente H. C. Diputados Juan Carlos López Secretario Legislativo H. C. Diputados DECRETO 3.194 La Plata, 21 de setiembre de 2000. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y "Boletín Oficial" y archívese. ruckauf R. A. Othacehé REGISTRADA bajo el número DOCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE (12.497). Gines Ruiz Secretario Legal y Técnico de la Gobernación