Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 500
APRUEBA - TRASLADO DE LAS SECCIONES - CAMBIO DE MODALIDAD DE JORNADA SIMPLE - TURNOS MAÑANA Y TARDE - JORNADA COMPLETA - JARDÍN DE INFANTES NUCLEADO D - DISTRITO ESCOLAR 14° - ANEXAS - ESCUELA PRIMARIA N° 16 - ESCUELA N° 24 - PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional de Educación 26.206 y sus modificatorias, la Ley 6.684 (texto consolidado por la Ley 6.764), los Decretos 3182/82, 759/05 y 387/23 y sus modificatorios, el EX-2025- 54218175-GCABA-DGEGE, y CONSIDERANDO: Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática, promoviendo la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo; Que, en dicho contexto, resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa mediante la extensión de la garantía de escolaridad, la expansión de la Red Escolar y asegurando la igualdad de oportunidades, y el acceso y egreso del sistema educativo; Que conforme la Ley Nacional de Educación 26.206 y sus modificatorias, la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cuatro (4) años hasta la finalización del nivel de la educación secundaria; Que, asimismo, la citada ley dispone que el Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son los responsables de la planificación, organización, supervisión y financiación del Sistema Educativo Nacional, debiendo garantizar el acceso a la educación en todos los niveles y modalidades, mediante la creación y administración de los establecimientos educativos de gestión estatal; Que, por otro lado, por el Decreto 3182/82 y sus modificatorios se aprobó con carácter experimental, la organización funcional denominada Jardines de Infantes Nucleados (J.I.N.), así como también su Planta Orgánico Funcional; Que, asimismo, por el Decreto 759/05 se estableció que el Jardín de Infantes Nucleado D del Distrito Escolar 14° quedará conformado por cuatro (4) secciones de jornada simple anexas a la Escuela N° 16 ubicada en la Avenida Álvarez Jonte 1964, seis (6) secciones de jornada simple anexas a la Escuela N° 24 con domicilio en la calle Bolivia 2569 y una (1) sección de jornada completa de la Escuela N° 26 en la calle Caracas 2372, todas de esta Ciudad, con sede en la Escuela N° 24; Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual contempla en su artículo 2°, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Educación; Que dicho Ministerio tiene entre sus objetivos los de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social, como así también administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades, entre otros; Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual contempla a la Dirección General Educación de Gestión Estatal, dependiente de la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje, que tiene entre sus responsabilidades primarias, la de implementar y llevar a cabo las políticas y programas educativos en todas las áreas, niveles y modalidades de la enseñanza de su dependencia, atendiendo los aspectos pedagógicos y administrativos, en función de la política educativa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la mencionada Dirección General ha manifestado que resulta necesario proceder a la reorganización de la oferta educativa en el Distrito Escolar 14°, con el fin de mejorar las condiciones de enseñanza y aprendizaje y garantizar la continuidad pedagógica de la totalidad de los estudiantes en todos los niveles educativos; Que en dicho contexto la citada Dirección General promueve el traslado, a partir del ciclo lectivo 2026, de las secciones del Jardín de Infantes Nucleado D del Distrito Escolar 14° que funcionan en la Escuela Primaria N° 16 a la Escuela N° 24, perteneciente al mismo nucleado; Que, asimismo, la Dirección General propicia el cambio de modalidad, a partir del ciclo lectivo 2026, de jornada simple turno mañana y turno tarde a jornada completa de las secciones del Jardín de Infantes Nucleado D que pasarán a funcionar en la calle Bolivia 2569 de esta Ciudad donde funciona la Escuela Primaria N° 24 del Distrito Escolar 14°; Que corresponde destacar que el propósito de adecuar la oferta existente y ampliar la jornada escolar, obedece principalmente a maximizar el aprovechamiento del tiempo escolar como medio para promover la profundización y el enriquecimiento de la propuesta pedagógica, y para responder a las necesidades de los infantes y sus familias; Que el traslado propiciado no afecta a población estudiantil alguna, así como tampoco a la Planta Orgánico Funcional que se encuentra actualmente vigente para el Jardín de Infantes Nucleado D del Distrito Escolar 14°, cuyo personal continuará prestando funciones, manteniendo las condiciones y cargos oportunamente designados por el Ministerio de Educación, conforme lo detallado en el Anexo I (IF-2025-54374058- GCABA-DGEGE); Que la propuesta no implica mayor erogación presupuestaria; Que, en virtud de ello, resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente en el sentido precedentemente expuesto. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Aprobar, a partir del ciclo lectivo 2026, el traslado de las secciones del Jardín de Infantes Nucleado D del Distrito Escolar 14° anexas a la Escuela Primaria N° 16, a la Escuela N° 24 sita en la calle Bolivia 2569, de esta Ciudad. Artículo 2°.- Aprobar, a partir del ciclo lectivo 2026, el cambio de modalidad de jornada simple -turnos mañana y tarde- a jornada completa de las secciones del Jardín de Infantes Nucleado D del Distrito Escolar 14° anexas a la Escuela N° 24 sita en la calle Bolivia 2569, de esta Ciudad. Artículo 3°.- Establecer que, a partir del ciclo lectivo 2026, el Jardín de Infantes Nucleado D del Distrito Escolar 14°, con sede en la Escuela N° 24, quedará conformado por cuatro (4) secciones de jornada completa anexas a la Escuela N° 24 con domicilio en la calle Bolivia 2569 y una (1) sección de jornada completa de la Escuela N° 26 en la calle Caracas 2372, todas de esta Ciudad. Artículo 4°.- Establecer que el personal docente y el equipo directivo que conforma la Planta Orgánico Funcional del Jardín de Infantes Nucleado D del Distrito Escolar 14° continuará desempeñando funciones, manteniendo las condiciones y cargos oportunamente designados por el Ministerio de Educación, de conformidad con lo detallado en el Anexo I (IF-2025-54374058-GCABA-DGEGE), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 6°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar al Ministerio de Educación. Cumplido, archivar. MACRI - Miguel - Sánchez Zinny