Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 125

TRANSFIERE EJECUCIÓN - PROGRAMA BA PRODUCCIONES INTERNACIONALES A LA ÓRBITA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - SUSTITUYE TEXTO  ARTÍCULO 2°  DECRETO N° 175-22 -  DESIGNA COMO AUTORIDAD DE APLICACIÓN AL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

Estado no verificadoPublicación B.O.: 27/02/2024Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 6684, el Decreto N° 175/22, el Expediente Electrónico N° 06595630- GCABA-DGICAS/24, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto N° 175/22 se creó, bajo la órbita del Ministerio de Cultura, el Programa "BA Producciones Internacionales", cuyo objetivo fundamental es incentivar las producciones audiovisuales internacionales y fomentar la promoción de la Ciudad a escala internacional como set de filmación y como punto de interés turístico, ajustándose su funcionamiento a los lineamientos generales detallados en el Anexo I de dicha norma; Que, asimismo, por el artículo 2° del mencionado Decreto, se designó al Ministerio de Cultura o al organismo que en el futuro lo reemplace como Autoridad de Aplicación del Programa "BA Producciones Internacionales"; Que por Ley N° 6684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Desarrollo Económico; Que el artículo 23 de la mencionada Ley establece que al Ministerio de Desarrollo Económico le corresponde asistir al Jefe de Gobierno en todo lo inherente a sus competencias de acuerdo con los objetivos allí contemplados, entre los que se encuentran los de entender y diseñar políticas tendientes a promocionar el desarrollo económico integral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y fomentar la actividad productiva y sustentable en áreas estratégicas como así también, elaborar políticas e instrumentar proyectos y programas orientados al desarrollo, promoción y fomento de pequeñas y medianas empresas; Que, atento las responsabilidades asignadas y el cambio de gestión, con la finalidad de dar continuidad y permitir el mejor desenvolvimiento del programa "BA Producciones Internacionales", resulta oportuno y conveniente designar al mencionado Ministerio de Desarrollo Económico como su Autoridad de Aplicación; Que, conforme lo expresado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Transferir la ejecución del Programa "BA Producciones Internacionales", creado mediante el Decreto N° 175/22, a la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico. Artículo 2°.- Sustituir el texto del artículo 2° del Decreto N° 175/22 por el siguiente: "Artículo 2°.- Designar como Autoridad de Aplicación del Programa creado por el Decreto N° 175/22 al Ministerio de Desarrollo Económico o al organismo que en el futuro lo reemplace." Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios de Hacienda y Finanzas y Cultura, y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. MACRI - García Moritán - Grindetti Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle MODIFICA DECRETO 175 2022 <p>Artículo 1° del Decreto 125-24 transfiere a la ejecución del Programa BA Producciones Internacionales creado por Decreto 175-22  a la órbita del Ministerio de Desarrollo<br />Económico.</p><p>Artículo 2° sustituye el texto del artículo 2° del Decreto N° 175-22. </p>