Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 245
NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTÍCULO 1° DEL DECRETO N° 245/24 DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO INTERPUESTO POR EL AGENTE LUIS MIGUEL DE ROSE CONTRA LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN N° 150-MJGGC/24, DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.588), la Resolución N° 150-MJGGC/24, el Expediente N° 21407899- GCABA-SSGCOM/19 y el Sumario N° 285/19, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita el recurso jerárquico interpuesto por el agente Luis Miguel De Rose, F.C. N° 336.509, D.N.I. N° 20.966.183, CUIL 20-20966183-8 contra los términos de la Resolución N° 150-MJGGC/24, que dispuso sancionarlo con cinco (05) días de suspensión por haber sido encontrado responsable del cargo inculpado en el marco del Sumario Administrativo N° 285/19, y así haber infringido las obligaciones establecidas en el artículo 10, inciso a) y c) de la Ley N° 471, en función de lo previsto en el artículo 62, inciso c) y e) del mismo plexo normativo, e incurrir en la violencia contra la mujer definida en el artículo 4° y en los tipos de ésta, determinados en el artículo 5°, inciso 2) de la Ley de Protección Integral a las Mujeres N° 26.485, del ordenamiento nacional, modificada por Ley N° 27.533 a la cual adhirió la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante la Ley N° 4.203; Que con fecha 29 de febrero de 2024, el agente fue notificado de la Resolución N° 150-MJGGC/24; Que con fecha 20 de marzo de 2024, el señor De Rose interpone recurso jerárquico contra la Resolución previamente citada; Que, en la presentación recursiva, el interesado alega que no se respetaron las garantías constitucionales de defensa en juicio y que el procedimiento goza de vicios de legitimidad; Que también aduce ser víctima de hechos violentos, arbitrarios y persecutorios; Que girados nuevamente los actuados a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado intervención de su competencia la Dirección General de Sumarios, mediante Dictamen N° IF-2024-21981033-GCABA-DGSUM, en donde analizó cada uno de los agravios vertidos por el quejoso en el escrito referido, indicando respecto de la sanción recurrida que no existen razones para su modificación, aconsejando, en consecuencia, rechazar el presente recurso jerárquico y confirmar el acto administrativo atacado; Que el solicitante no ha aportado elementos que permitan rever el decisorio adoptado en la resolución cuestionada, por lo que corresponde rechazar el recurso interpuesto; Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo expuesto por la Procuración General en su dictamen Jurídico N° IF-2024-21981033-GCABA-DGSUM, corresponde desestimar el recurso; Que, en mérito a las consideraciones vertidas, corresponde dictar el acto administrativo que desestime el recurso jerárquico incoado. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desestimar el recurso jerárquico interpuesto por el agente Luis Miguel De Rose, F.C. N° 336.509, D.N.I. N° 20.966.183, CUIL 20-20966183-8 contra los términos de la Resolución N° 150-MJGGC/24. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado con copia del Dictamen Jurídico N° IF-2024-21981033-GCABA-DGSUM, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6.588), y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti