Nación · Ley N° 23727

Ley 23727 - AUTORIZASE LA INSTALACION Y USO DE SISTEMAS PARA LA RECEPCION DE SEÑALES DE RADIODIFUSION PROVENIENTES DE SATELITES ARTIFICIALES DE LA TIERRA U OTROS OBJETOS ANALOGOS. PROMULGADA DE HECHO EL 11-10-89.

Estado no verificadoSanción: 13/09/1989Publicación B.O.: 18/10/1989Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 23727 del 13/09/89 RADIODIFUSION Ley Nº 23.727 Autorízase la instalación y uso de sistemas para la recepción de señales de radiodifusión provenientes de satélites artificiales de la tierra u otros objetos análogos. Sancionada: Setiembre 13 de 1989. Promulgada de Hecho: Octubre 11 de 1989. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: Artículo 1º- Autorízase la instalación y uso de sistemas para la recepción de señales de radiodifusión provenientes de satélites artificiales de la tierra u otros objetos análogos, siempre que sean destinados al uso particular y sin fines de lucro. En los demás casos, la transmisión de dichas emisiones quedará sujeta a la Ley de Radiodifusión y a las autorizaciones de las emisoras correspondientes. Art. 2º- Derógase toda disposición contraria a esta Ley. Art. 3º- Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE. ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO A. DUHALDE.-Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.-Alberto J. B. Iribarne.