Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7910
Ley 7910/1972 - RECTIFICANDO EL ARTíCULO 1º, INCISO A) DE LA LEY 7852.(EXPROPIACIóN-PARTIDO DE HIPOLITO YRIGOYEN-“SARA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES”).
Ley 7910 DECRETO-LEY 7910/72 Rectificando el artículo 1º, inciso a) de la Ley 7852. LA PLATA, 26 de JULIO de 1972. VISTA la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto Nº 717/71, artículo 1º, apartados 2.3. y 5.2. y las Políticas Nacionales números 3, 5, inciso g) y 14, inciso e), y en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Déjase establecido que el número de la partida del inmueble individualizado en el artículo 1º, inciso a) de la Ley Nº 7852, es 5525 y no 5125, como por error se consignara en el citado texto legal, y que el nombre correcto de la sociedad mencionada en el inciso b) del mismo artículo es: “Sara Sociedad en Comandita por Acciones”. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.