Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 449
DESIGNA - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO - ANTONELLA ANA AMICUCCI - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN URBANA - SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23, el Expediente Electrónico N° 46580543-GCABA- SECDU/23, y CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Coordinación o Jefatura de Gabinete de Ministros; Que, por Decreto N° 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta nivel de Dirección General y contempló a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro dependiente de la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que en consecuencia, el señor Jefe de Gabinete de Ministros propicia, a partir del 10 de diciembre de 2023, la designación de la señora Antonella Ana Amicucci, D.N.I. N° 35.959.017, C.U.I.T. N° 27-35959017-8, como Directora General de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro dependiente de la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, a la señora Antonella Ana Amicucci, D.N.I. N° 35.959.017, C.U.I.T. N° 27-35959017-8, como Directora General de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro dependiente de la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti