Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7688
Ley 7688/1971 - DECLARA CIUDAD A LA LOCALIDAD DE CIUDADELA, JURISDICCIÓN DEL PARTIDO DE TRES DE FEBRERO. (DL:7688/71)
Estado no verificadoPublicación B.O.: 19/04/1971
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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(DL:7688/71)
Ley 7688 DECRETO-LEY 7688/71 Declarando ciudad a la localidad de Ciudadela. LA PLATA, 12 de ABRIL de 1971. VISTA la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 2091/69, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase ciudad a la localidad de Ciudadela, jurisdicción del Partido de Tres de Febrero. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.