Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 38
RECHAZA - RECURSO JERÁRQUICO SUBSIDIARIO - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - INTERPUESTO CONTRA - RESOLUCIÓN 184/MJGC/25 - JAVIER PABLO CAVIGLIA
VISTO: la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes 471, 591, 2.128 (textos consolidados por la Ley 6.764), el Decreto 311/24, las Resoluciones 367/MJGC/24, 184/MJGC/25 y 214/MJGC/25, el Expediente EX-2025-29329416-GCABA-MGEYA, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita el recurso jerárquico, subsidiario del recurso de reconsideración, interpuesto por Javier Pablo Caviglia (DNI 16.822.029) contra la Resolución 184/MJGC/25 por la cual se dejaron sin efecto, a partir del 30 de junio de 2025, las designaciones como controladores Administrativos de Faltas de la Unidad Administrativa de Control de Faltas de las personas indicadas en su anexo I que se desempeñaban con carácter transitorio, entre las cuales se encontraba el recurrente; Que asimismo, por la citada resolución se designaron, a partir del 1° de julio de 2025, ciento veintiséis (126) Controladores/as Administrativos/as de Faltas de la Unidad Administrativa de Control de Faltas con carácter titular, como resultado del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición convocado mediante la Resolución 367/MJGC/24; Que cabe recordar que por la Ley 591 se creó, en el ámbito del Poder Ejecutivo, la Unidad Administrativa de Control de Faltas, la que actúa como instancia administrativa única, obligatoria y previa al juzgamiento de las faltas que tengan prevista como sanción única o autónoma la pena de multa por parte de la Justicia en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por la Ley 2.128 se contempla en el ámbito de la Dirección General Administración de Infracciones, al Organismo Fuera de Nivel Unidad Administrativa de Atención de Faltas Especiales; Que el artículo 2° de la Ley 591 y artículo 4° del Anexo A de la Ley 2.128, prevén la selección de dichos cargos por concurso público de oposición y antecedentes; Que en dicho contexto por Decreto 311/24 se aprobó el Procedimiento de selección para Controladores/as Administrativos/as de Faltas estableciéndose en el artículo 1° de su Anexo I que las designaciones se rigen por los términos de la Leyes 591 y 2.128, y el artículo 49 de la Ley 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorgando una estabilidad por un plazo de 5 años, con sujeción a evaluaciones de desempeño anuales; Que en virtud del decreto citado en el párrafo anterior se dictó la Resolución 367/MJGC/24 de convocatoria del mencionado concurso; Que dicho procedimiento concursal finalizó con el dictado de la Resolución 184/MJGC/25; Que el entonces agente fue notificado de la Resolución 184/MJGC/25 el 30 de junio de 2025 e interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra sus términos el 15 de julio de 2025; Que en su presentación el recurrente solicita que se suspendan los efectos de la resolución recurrida y le sea reconocido el derecho a acceder a la planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en relación a las presentaciones efectuadas, intervino la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia a través del informe IF-2025- 35856315-GCABA-DGTALMJ, la cual luego de un pormenorizado análisis concluyó que los argumentos esgrimidos no conmovían la decisión adoptada por esta Administración, motivo por el cual correspondía rechazar el recurso incoado por el recurrente; Que por la Resolución 214/MJGC/25 el Ministro de Justicia desestimó el recurso de reconsideración; Que dicho acto se notificó al interesado y, conforme a lo establecido en el artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos, las actuaciones fueron elevadas a la Jefatura de Gobierno; Que conforme a dicho marco normativo, se notificó oportunamente al recurrente la posibilidad de ampliar o mejorar los fundamentos del recurso jerárquico subsidiario, dentro del plazo de cinco (5) días; Que el interesado hizo uso del mencionado derecho, reiterando los argumentos expresados al momento de interponer el recurso de reconsideración; Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia tomó conocimiento de la nueva presentación y ratificó los argumentos vertidos oportunamente en el Informe IF-2025-35856315-GCABA-DGTALMJ; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tomó la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Jurídico identificado como IF-2026-01188377-GCABA-PG; Que en dicho dictamen sostuvo que correspondía dictar el acto administrativo que desestime el recurso jerárquico interpuesto y que se deberá notificar conforme las pautas establecidas en el capítulo VI Notificaciones de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1510/97 (texto consolidado por la Ley 6764), consignando que agota la vía administrativa y que únicamente puede interponerse el recurso previsto en el artículo 123 de la norma citada, dentro del plazo de diez días hábiles; Que por lo expuesto, las constancias obrantes en el expediente, y lo aconsejado por la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde rechazar el recurso jerárquico en cuestión. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el artículo 113 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Rechazar el recurso jerárquico, subsidiario del recurso de reconsideración, interpuesto por Javier Pablo Caviglia (DNI 16.822.029) contra la Resolución 184/MJGC/25. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Justicia y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar al interesado, conjuntamente con el Informe IF-2025-35856315-GCABA-DGTALMJ y el Dictamen Jurídico IF-2026-01188377-GCABA-PG, dejando constancia de que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (texto consolidado por la Ley 6.764). Para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de Justicia. Cumplido, archivar. MACRI - Tapia - Sánchez Zinny Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle COMPLEMENTA RESOLUCIÓN 214 2025 MINISTERIO DE JUSTICIA <p>Artículo 1° del Decreto 38/26 rechaza el recurso jerárquico interpuesto contra la Resolución 184/MJGC/25, subsidiario del recurso de reconsideración desestimado por la Resolución 214/MJGC/25. </p> INTEGRA RESOLUCIÓN 184 2025 MINISTERIO DE JUSTICIA <p>Artículo 1° del Decreto 38/26 rechaza el recurso jerárquico, subsidiario del recurso de reconsideración, interpuesto contra la Resolución 184/MJGC/25.</p>