Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 251

APRUEBA PLIEGOS DE CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - AUTORIZA LLAMADO - LICITACIÓN PÚBLICA - ETAPA ÚNICA - CONTRATACIÓN COBERTURAS DE SEGURO - RAMO AUTOMOTOR - DESTINO VEHÍCULOS ASIGNADOS A LA FUNCIÓN Y ACTIVIDAD PÚBLICA DEL GOBIERNO

Estado no verificadoPublicación B.O.: 01/08/2018Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: Las Leyes N° 5.960, N° 1.218 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666) y N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 326/17, la Disposición N° 1.274/DGCYC/17, el Expediente Electrónico N° 12.417.132/MGEYA/DGCYC/18, y CONSIDERANDO: Que por las actuaciones citadas en el visto, tramita la Licitación Pública de Etapa Única para la Contratación de Coberturas de Seguro del ramo Automotor con destino a los Vehículos asignados a la función y Actividad Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en los artículos 31 y 40 de la Ley N° 2.095; Que mediante la Ley N° 2.095 se establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras y contrataciones de bienes y servicios, y se regulan las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que el Decreto N° 326/17 aprobó la Reglamentación de la Ley N° 2.095 de Compras y Contrataciones; Que por Disposición N° 1274/DGCyC/17, la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que el fundamento operativo del servicio que se requiere, se encuentra en la necesidad de contar con las Coberturas de Todo Riesgo, Terceros Completo y Responsabilidad Civil con destino a los vehículos asignados a la función y Actividad Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Redeterminación de Precios y la Gerencia Operativa de Asuntos Legales de Seguros y la Gerencia Operativa de Registros de la Dirección General de Compras y Contrataciones, dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas se han pronunciado sobre el pliego que ha de regir la contratación, en materia de su competencia; Que al ser la modalidad de contratación seleccionada, la Orden de Compra abierta, se deja constancia que la afectación definitiva se efectuará al momento de la emisión de cada solicitud de provisión y solamente por el monto de la misma; Que entre las funciones del Ministerio de Economía y Finanzas establecidas en la Ley de Ministerios N° 5.960, se encuentran las de "Entender en la planificación, ejecución y control de la política de compras y contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y "Participar en la formulación e implementar la política de regulación de la adquisición y mantenimiento del parque automotor perteneciente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta conveniente proceder a delegar en la titular del Ministerio de Economía y Finanzas la facultad de dictar todos los actos administrativos necesarios para la ejecución de los contratos hasta su finalización, así como rescindirlos en caso de corresponder, todo ello en el marco de la normativa aplicable; Que, a su vez, encontrándose entre las responsabilidades primarias de la Dirección General Compras y Contrataciones actuar como Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta conveniente encomendarle la facultad de realizar el pertinente llamado a Licitación Pública; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires emitió dictamen Jurídico Identificado IF-2018-13752630-PG que da cuenta de la intervención de su competencia en un todo de acuerdo con los términos del artículo 11 de la Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 5.666). Por ello, en virtud de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 2095 y por el Anexo II del Decreto N° 326/17, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, sus