Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9684
Decreto-ley 9684/1981 - (DEROGADA POR LEY 10830) SUSTITUYE Y DEROGA ARTÍCULOS DE LA LEY 8478, REF: ORGÁNICA DE LA ESCRIBANÍA GRAL. DE GOBIERNO.-
Decreto-ley 9684/1981 DEROGADA POR LEY 10830 DECRETO-LEY 9684/81 LA PLATA, 23 de MARZO de 1981. VISTO lo actuado en el expediente número 2240-159/80 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Sustitúyese el artículo 9 de la Ley 8.478 por el siguiente: "Artículo 9.- El Escribano General ejercerá la Jefatura de la Repartición secundado por un Escribano Adscripto Superior y Escribanos Adscriptos". ARTICULO 2.- Derógase el artículo 16 de la Ley 8.478. ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.