Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6412
Ley 6412/1960 - DECLARANDO DE UTILIDAD PUBLICA INMUEBLES EN VILLA MONTEROS CUARTEL 2º, PARTIDO DE QUILMES, PARA LA ESCUELA NRO 48.EXPROPIACION.
LEGISLATURA DE BUENOS AIRES LEY 6.412 Expropiación de terreno para la Escuela N? 48 de Quilmes, en Villa Monteros El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de LEY Art. 19 Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación, los inmuebles ubicados en Villa Monteros, Cuartel 29, de Quilmes, con destino a la construcción del edificio para la Escuela número 48 y guarderia de niños del distrito, que a continuación se determinan: a) Parcela 15, Manzana 13, Sección S, Circunscripción II, se- gún catastro y lote 33, Manzana 12, según título, con una su- perficie de cuatrocientos setenta y seis metros cuadrados con tres decímetros cuadrados (476,03 m2.), de propiedad de Lo- renzo J. Beocard o quien resulte su legítimo propietario, Guía de Contribuyentes número 2.980, inscripto en el Registro de la Propiedad bajo el número 18.150, al folio 418 vuelta, St» rie C. año 1900: b) Parcela 16, Manzana 13, Sección S, Circunscripción II, se- gún catastro y lote 34, Manzana 12, según título, con una su- perficie de catrocientos -setenta y seis metros cuadrados con tres decímetros cuadrados (476,03 m2.); Parcela 17, Manza- na 13, Sección S, Circunscripción II, según catastro y lote 36, | Manzana 12, según titulo, con una superficie de cuatrocientos un metros cuadrados con ocho decímetros cudrados (401,08 metros cuadrados); Parcelas 19, 20 y 21, Manzana 13, Sec- ción S, Circunscripción II, según catastro y lotes 1, 2 y 3 se- gún título, con una superficie total de mil veintiocho metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados (1.028,20 m2.) y los fondos de las parcelas 23 y 24, Manzana 13, Sección S, Circunscripción II, según catastro y lotes 5 y 6, Manzana 12, según título, con una superficie de setenta y cuatro metros cuadrados con noventa y cinco decímetros cuadrados (74,95 metros cuadrados) y ciento cuarenta y nueve metros cuadra. dos con noventa y un decímetros cuadrados (149,91 m2.), res- pectivamente, de propiedad de Elena Etelvina Castro y Villafañe y Eduardo Bruno y Alfredo Castro y Villafañe y Ade- la Elena Robles y Castro, y quien o quienes resulten sus le- gítimos propietarios, inscriptos en el Registro de la Propie- dad al folic 476 del año 1917 y declaratorias de herederos al folio 520 vuelto pares año 1928 y al folio 3.887, año 1954, Guía de Contribuyentes número 45.088; —1— o A — c) Parcela 18, Manzana 13, Sección S, Circunscripción II, se- gún catastro y lote 36, Manzana 12, según título, con una su- perficie de trescientos veintiséis metros cuadrados, con doce decímetros cuadrados (326,12 m2.), de propiedad de José Ma- ría Tobio. o quien resulte su legítimo propietario, Guía de Contribuyentes número 60.290, inscripto en el Registro de la Propiedad al folio 1.003 del año 1959. Art. 22 El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, se tomará de Rentas Generales, con imputación a la misma. Art. 32 Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires en la ciudad de La Plata, a los treinta días del mes de octubre de mil novecientos sesenta. HÉCTOR PORTERO. ARTURO A. CROSETTI. Juan Carlos Monti, Juan J. M. Raimondi, Becretario de la O. de DD. Secretario del Senado. Departamento de Educación. La Plata, 25 de noviembre de 1960. Cumplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese. ALENDE. ATAÚLTO PÉREZ AZNAR. Decreto N* 13.528. Registrada bajo el númers seis mil cuatrociento: doce (6.412). Fours Díaz O’Kauny. TRAMITE LEGISLATIVO Proyecto del diputado Hari h, entrado en Diputados el 15 de setiembre de 1960. Aprobado el 29 de octubre de 1960. Sancionada por Senado el 20 de o tubre de 1960. Promulgada el 25 de noviembre de 1960. Publi vada en el “Delotín Ofisal’ el 7 de diciembre de 1960. : Y o 2 |