Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6866

Ley 6866/1964 - EXPROPIACION LOTES DE TERRENO EN RAMALLO, PARA JARDIN DE INFANTES N° 1.-

Estado no verificadoPublicación B.O.: 26/11/1964
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6866 LEY 6866 Expropiación lotes de terreno en Ramallo, para Jardín de Infantes Nº 1. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación dos lotes de terreno ubicados en el partido de Ramallo, nomencla­tura Catastral: Circunscripción III, Sección A, Manzana 31, Parce­las 10 y 11, para ser destinados a la institución del Jardín de Infantes número 1, dependiente de la Dirección General de Escuelas. ARTÍCULO 2.- La presente Ley se apartará de lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley General de Expropiaciones 5708. ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputará al Anexo XIII, Crédito para el Cumplimiento de Leyes Especiales del Presupuesto de Capital vigente. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.