Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 477

PROMULGA LEY 6074

Estado no verificadoPublicación B.O.: 03/01/2019Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la CiudadAutónoma de Buenos Aires, promulgase la Ley N° 6074 (EX-2018-34358011-MGEYADGALE), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en susesión del 6 de diciembre de 2018.El presente decreto es refrendado por los Señores Ministros de Cultura y de Ambientey Espacio Público y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a laLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la DirecciónGeneral de Asuntos Legislativos, comuníquese a los Ministerios de Cultura y deAmbiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -Avogadro - Macchiavelli - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle PROMULGA LEY 6074 2018