Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 285
DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO - RESOLUCIÓN 108-MJYSGC-16 - DESIGNACIÓN - AUXILIAR - MARTÍN EZEQUIEL MARTÍNEZ CARTIER - POLICÍA METROPOLITANA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO: Las Leyes N° 2.894, 2947 y 5.688 (textos consolidados según Ley N° 6.017), la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Decreto N° 391/AJG/18, las Resoluciones Nros 773/MJYSGC/2015 y 108/MJYSGC/2016, el Expediente N° 8688526-MGEYA-PMCABA/16, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 5.688, establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública, abrogando las Leyes Nros. 2894 y 2947 sus modificatorias y toda otra ley que se le oponga; Que dado que la mencionada norma entro en vigencia el 1 de enero de 2017, y en virtud del principio de irretroactividad de la ley, el presente caso debe ser resuelto teniendo en cuenta las normas vigentes al momento de los hechos; Que la entonces vigente Ley N° 2.894 estableció las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomendó al Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e institucional de dicho sistema y creo la Policía Metropolitana; Que por su parte, la entonces Ley N° 2.947 del Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, determinó las bases jurídicas e institucionales que rigieron la relación de empleo del personal de la Policía Metropolitana; Que el artículo 92 de la entonces Ley N° 2.947, disponía que "Respecto de la estabilidad del personal sin estado policial de la Policía Metropolitana, el mismo adquiere estabilidad trascurridos los seis (6) meses de efectiva prestación de servicios"; Que, el artículo 20 de la entonces Ley N° 2.894, establecía que: "...El Ministerio de Justicia y Seguridad designa y remueve el personal de la Policía Metropolitana."; Que, mediante la Resolución 773/MJYSGC/2015 se designó en la Policía Metropolitana al Sr. Martin Ezequiel Martínez Cartier, DNI 26.577.320, como auxiliar de 6°, a partir del 1° de septiembre de 2015; Que en consecuencia y mediante Resolución N° 108/MJYSGC/2016, se dejó sin efecto la designación del Sr. Martín Ezequiel Martínez Cartier, en la Policía Metropolitana a partir del 29 de febrero de 2016; Que, contra dicha Resolución el Sr. Martin Ezequiel Martínez Cartier, interpuso Recurso Jerárquico; Que, el recurrente se agravia considerando inexistente la falta enrostrada, peticionando la revocación de dicha Resolución por considerarla contraria a la realidad de los hechos; Que el Sr. Martín Ezequiel Martínez Cartier, no había alcanzado a la fecha del dictado de la Resolución N° 108/MJYSGC/2016 el plazo de seis (06) meses previsto en el artículo 92 de la entonces Ley N° 2.947; Que, en este orden de ideas, durante el período previo a adquirir la estabilidad en el empleo, la administración debe evaluar la idoneidad y responsabilidad que asume el personal como integrante de la Policía Metropolitana; Que se inició la actuación administrativa N° 330/15, en concepto de averiguaciones previas a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades que se le pudieran atribuir al Auxiliar 6° (L.P. 12.599) Martín Ezequiel Martínez Cartier, con motivo del suceso ocurrido el día 10 de noviembre de 2015, fecha en que el habría provocado a un grupo de personas que se manifestaban en las inmediaciones del Ministerio de Justicia y Seguridad en reclamo por un hecho donde se vio involucrado el ciudadano Lucas Cabello y un efectivo de la Policía Metropolitana; Que, en el marco de dicha investigación se analizaron las imágenes capturadas el día 10 de noviembre de 2015 por la cámara "C04-Boca02_Regimientos Patricios 1101 y Lamadrid", y de la misma surge que el nombrado: "...manifestando una actitud hostil increpa a los manifestantes, sin acatar las órdenes del personal policial que se encontraba en el lugar...", concluyendo el Oficial Instructor en el informe del artículo 70 del anexo del Decreto N° 36/11, que "la conducta desarrollada por la auxiliar 6°, L.P. 12.599, Martin Ezequiel Martínez Cartier, reviste el carácter de grave por afectar la imagen y/o prestigio de la Institución"; Que, tomó intervención el entonces Jefe de la Policía Metropolitana considerando que: "a solo dos meses de su nombramiento, protagonizó un episodio que puso en evidencia su falta de idoneidad para prestar servicios en este ámbito"; Que, el recurrente no arrima constancia o prueba alguna que desvirtué o desacredite el contenido de los Informes que dan sustento fáctico a la presente Resolución, no llegando a conmover el criterio adoptado al respecto; Que, en razón de lo expuesto, corresponde expedirse en los términos del artículo 105 de la Ley de Procedimientos Administrativos y, teniendo en cuenta que los argumentos expresados por el recurrente no llegan a conmover los términos de la Resolución cuestionada, habrá de mantenerse el criterio adoptado, desestimando el Recurso Jerárquico interpuesto por el Sr. Martin Ezequiel Martínez Cartier, contra la Resolución N° 108/MJYSGC/16; Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la debida intervención de su competencia; Que, asimismo se deja constancia que mediante Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de Gobierno las atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Desestímase el Recurso Jerárquico interpuesto por el Sr. Martín Ezequiel Martínez Cartier, DNI N° 26.577.320, contra la Resolución N° 108/MJYSGC/16. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 391/18 y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado en los términos del Capítulo VII de la Ley de Procedimiento Administrativo, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual dentro del plazo de diez (10) diez días hábiles podrá interponerse recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada Decreto de necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto consolidado Ley 6.017), y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle INTEGRA RESOLUCIÓN 108 2016 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD <p>Art. 1 del Decreto 285-19 desestima el Recurso Jerárquico interpuesto por el Sr. Martín Ezequiel Martínez Cartier, contra la Resolución 108-MJYSGC-16.</p>