Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 221
TRANSFIERE DOMINIO - INMUEBLES - TÍTULO GRATUITO - INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - IVC - CALLE UNANUE S/N ESQUINA POLA S/N- NOMENCLATURA CATASTRAL - CIRCUNSCRIPCIÓN 1 - SECCIÓN 66 - MANZANA 31 - FRACCIÓN B - MATRÍCULA FR 1-93807 - CALLE UNANUE S/N ENTRE CALLE FONROUGE Y CALLE POLA - CIRCUNSCRIPCIÓN 1 - SECCIÓN 66 - MANZANA 23 - FRACCIÓN B - MATRÍCULA FR 1-93806 - CALLE UNANUE S/N ESQUINA CALLE FONROUGE S/N - CIRCUNSCRIPCIÓN 1 - SECCIÓN 66 - MANZANA 12C - FRACCIÓN D - MATRÍCULA FRE 1-93805 - AUTORIZA - DIRECCIÓN GENERAL ESCRIBANÍA GENERAL - INSTRUMENTAR - INSCRIBIR - REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
VISTO: La Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 351, 1.218, 1.251, 1.770 y 5.705 (textos consolidados por Ley N° 6.588), los Decretos Nros. 1.548/04, 463/19 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 16259095- GCABA-IVC/22, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto se propicia la transferencia del dominio de los inmuebles individualizados como: a) Calle Unanue S/N esquina Pola S/N (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 66, Manzana 31, Fracción B) inscripto en la matrícula FR 1-93807; b) Calle Unanue S/N entre Calle Fonrouge y Calle Pola (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 66, Manzana 23, Fracción B) inscripto en la matrícula FR 1-93806; y, c) Calle Unanue S/N esquina Calle Fonrouge S/N (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 66, Manzana 12C, Fracción D) inscripto en la matrícula FRE 1-93805, a favor del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC); Que los citados inmuebles pertenecen al dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme la Ley N° 351 y el Decreto N° 1.548/04 que los declaró adquiridos por la Ciudad y la posterior inscripción ante el Registro de la Propiedad Inmueble por Testimonio Administrativo del día 06 de octubre de 2004 a favor de esta Administración; Que mediante Ley N° 1.770 se afectó el polígono que comprende a las fracciones objeto del presente, a la urbanización del "Barrio 20", mientras que, por la Ley N° 5.705 se dispuso su reurbanización, zonificación e integración socio-urbana, siendo dichos inmuebles declarados innecesarios para la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que conforme la Ley N° 1.251 el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC), en su carácter de órgano de aplicación de las políticas de vivienda del Gobierno de la Ciudad, tiene entre otros principios, el de garantizar la regularización dominial de los inmuebles a favor de los destinatarios de las diferentes operatorias; Que la Dirección General de Administración de Bienes de la Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción y la Dirección General de Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, han tomado debida intervención conforme sus responsabilidades primarias, previstas en el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios; Que, en consecuencia corresponde transferir a título gratuito a favor del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) los inmuebles identificados como: a) Calle Unanue S/N esquina Pola S/N (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 66, Manzana 31, Fracción B) inscripto en la matrícula FR 1- 93807; b) Calle Unanue S/N entre Calle Fonrouge y Calle Pola (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 66, Manzana 23, Fracción B) inscripto en la matrícula FR 1-93806; y, c) Calle Unanue S/N esquina Calle Fonrouge S/N
(Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 66, Manzana 12C, Fracción D)
inscripto en la matrícula FRE 1-93805 y autorizar a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar dicha transferencia e inscribirla ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, mediante escritura pública y/o documento administrativo conforme Ley Nacional N° 17.801, artículo 3°, inciso a) y sus modificatorias; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención que le corresponde según lo establecido en la Ley N° 1.218. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Transferir a título gratuito al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) el dominio de los inmuebles individualizados como: a) Calle Unanue S/N esquina Pola S/N (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 66, Manzana 31, Fracción B) inscripto en la matrícula FR 1-93807; b) Calle Unanue S/N entre Calle Fonrouge y Calle Pola (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 66, Manzana 23, Fracción B) inscripto en la matrícula FR 1-93806; y, c) Calle Unanue S/N esquina Calle Fonrouge S/N (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 66, Manzana 12C, Fracción D) inscripto en la matrícula FRE 1-93805. Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar la transferencia de dominio de los inmuebles mencionados en el artículo 1°, mediante escritura pública y/o documento administrativo, e inscribirlos en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal a nombre del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC). Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción, por la señora Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección General Administración de Bienes, dependiente de la Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, y al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC). Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Migliore - Miguel