Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 87
SE ACEPTA - INSTITUCIÓN DE HEREDERO - A FAVOR - HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS "DR. PEDRO DE ELIZALDE" - HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS "DR. RICARDO GUTIÉRREZ" - EFECTUADO POR - LA SRA. GENOVEVA ALCIRA CLARA TAGLIANI - JUICIO SUCESORIO - "TAGLIANI, GENOVEVA ALCIRA CLARA S/SUCESIÓN AB-INTESTATO“ - INMUEBLES - SARMIENTO N° 3863 - UNIDAD FUNCIONAL 28 - PISO 9° DEPARTAMENTO B - SARMIENTO N° 4581 - UNIDAD FUNCIONAL 16 - PISO 5° DEPARTAMENTO D - AMANCIO ALCORTA N° 62/64 - AMANCIO ALCORTA N° 52 - PARTIDO DE LANÚS - PROVINCIA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Expediente Electrónico N° 37666656-GCABA-PG/19, y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados tramita una institución de heredero a favor del Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde" y del Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorgado por la causante cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados "TAGLIANI, GENOVEVA ALCIRA CLARA S/SUCESIÓN AB- INTESTATO", expediente judicial N° 54.586/19 por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 32, Secretaría Única de esta Ciudad; Que la causante Genoveva Alcira Clara Tagliani ha otorgado testamento, protocolizado por Escritura Pública N° 892, de fecha 20 de octubre de 2004, Folio 1801 del Registro Notarial N° 553, autorizada por el Escribano Luis N. Pampliega, instituyendo como únicos y universales herederos de todos sus bienes, por partes iguales, al Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez" y al Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde" de esta Ciudad; Que el acervo relicto está integrado por los inmuebles ubicados en la calle Sarmiento N° 3863 Unidad Funcional 28 piso 9° departamento B de esta Ciudad; Sarmiento N° 4581 Unidad Funcional 16 piso 5° departamento D de esta Ciudad, las cinco doceavas partes proindivisas del bien sito en la calle Amancio Alcorta N° 62/64 del Partido de Lanús, Provincia de Buenos Aires y las cinco doceavas partes proindivisas del bien sito en la calle Amancio Alcorta N° 52 del Partido de Lanús Provincia de Buenos Aires; Que habiendo fallecido la señora Genoveva Alcira Clara Tagliani el día 27 de mayo de 2019, conforme surge de la partida de defunción obrante en la actuación mencionada en el Visto, corresponde dictar el acto administrativo respectivo y aceptar la institución de heredero de acuerdo a los términos del testamento; Que el testamento no dispone mandas ni cargas por cumplir; Que la Dirección General de Asuntos Institucionales y Patrimoniales de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, considerando conveniente para los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la aceptación de la institución de heredero efectuada por la causante; Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 inciso 16 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Acéptase la institución de heredero a favor del Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde" y del Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", efectuado por la Sra. Genoveva Alcira Clara Tagliani, cuyo juicio sucesorio tramita bajo los autos caratulados "Tagliani, Genoveva Alcira Clara s/sucesión ab-intestato", (Expte. N° 54586/2019) en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 32, Secretaría Única, de esta Ciudad. Artículo 2°. - El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Salud, el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Salud, al Ministerio de Hacienda y Finanzas, al Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez" y al Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde" y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Procuración General de la Ciudad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - González Bernaldo de Quirós - Miguel p/p - Miguel